Se pospone el cierre del plazo de presentación de solicitudes de instalaciones fotovoltaicas al registro de pre-asignación de retribución de la Q2


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Artículo único.

Modificación del anexo III del Real Decreto 1578/2008, de 26 de
septiembre.
Se modifica el apartado 4.ii del anexo III del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, que queda redactado como sigue:

«ii. Convocatoria 2.º trimestre de 2009.
Presentación de la solicitud. Entre el 16 de noviembre de 2008 y el quinto día hábil siguiente inclusive a la publicación de la resolución definitiva de la convocatoria correspondiente al primer trimestre de 2009.
Publicación del resultado del procedimiento de pre-asignación de retribución: Antes del 16 de abril de 2009.

La resolución de la convocatoria correspondiente al primer trimestre de 2009 deberá establecer en su parte dispositiva que desde el día siguiente a su publicación en el “Boletín Oficial del Estado” empieza el cómputo del plazo de cinco días hábiles para el cierre de la convocatoria del segundo trimestre de 2009.
Sin perjuicio de la publicación y notificación de la resolución en los términos establecidos en el artículo 7 de este real decreto, la publicación de la parte dispositiva determinante del plazo de la segunda convocatoria se efectuará en el “Boletín Oficial del Estado”.»

Disposición final única.

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de enero de 2009.
El Ministro de Industria, Turismo y Comercio, Miguel
Sebastián Gascón.

Fuente: DOMUS INGENIERÍA ENERGÉTICA
www.domus-ie.com